Si al completar su declaración del IRPF le corresponde realizar un pago y prefiere no abonar la totalidad de la cantidad adeudada en este momento, tenga presente que tiene la opción de optar por un fraccionamiento que la Agencia Tributaria pone a su disposición en el mismo proceso de declaración. En tal caso, podrá abonar el 60% del importe a pagar antes del próximo 1 de julio. En cuanto al 40% restante, tendrá la posibilidad de saldarlo hasta el 5 de noviembre de 2024, sin que ello conlleve el pago de intereses ni la necesidad de aportar garantías adicionales.

Sin embargo, es importante que sepa que también existe la posibilidad de diferir el pago del IRPF, así como el de otros impuestos, solicitando un aplazamiento por un período mayor. En esta situación:

El aplazamiento ya no será exento de costes adicionales, sino que, por lo general, se aplicará un interés de demora (actualmente fijado en el 4,0625% anual). Si la cantidad que desea aplazar supera los 50.000 euros, ya sea de manera individual o en conjunto con otras deudas tributarias que ya haya aplazado, será necesario aportar garantías adicionales. Si está considerando aplazar el pago de su IRPF, no dude en consultarnos. Nos encargaremos de proporcionarle asesoramiento personalizado respecto a la opción que mejor se ajuste a su situación y le brindaremos asistencia en todas las gestiones necesarias